BELIZ: “EMPLEADOS DE COMERCIO NO DEBEN CONTROLAR LOS DNI”
Respecto a la aplicación de la Resolución 28/2020 de la Provincia del Chubut con fecha 24 de Marzo, donde se establece la limitación en el ingreso a los locales supermercados a una persona por grupo familiar; y un cronograma de atención al público definido en número par e impar del DNI de acuerdo a los días de la semana, desde el SEC informaron que “los empleados de comercio no somos ente de control para hacer efectiva dicha medida”.

“Cada trabajador de comercio está afectado a una tarea determinada por categorías (desde el Art. 4° al Art. 10°) y establecida por Convenio Colectivo de Trabajo (CCT 130/75), y siendo este momento de una extremada complicación, donde cada uno de nuestros trabajadores está afectado a su labor diaria de manera extraordinaria que requiere un compromiso y una responsabilidad aún mayor a la que diariamente en situaciones normales desarrollan. Resaltando que los comercios tradicionales no pueden realizar los mencionados controles por falta de personal autorizado para ello”, expresa el comunicado.