Este martes, autoridades de Servicoop informaron que la es obligación del usuario mantener en condiciones operativas el medidor de agua. “Nuestro reglamento lo establece en su artículo N°15”, sostuvieron y aclararon que parte de lo estipulado indica: “La Caja o gabinete para la llave maestra o medidor corresponde a la instalación interna”.
En tanto, el Artículo N° 28 establece: “El cuidado del medidor estará a cargo del correspondiente usuario, quien será considerado depositario del mismo”. Mientras que el Artículo 29 señala que “está absolutamente prohibido al usuario toda manipulación del medidor y la instalación externa”.
Los consumos que registra un socio mes a mes son relevados por el personal de la Cooperativa. Para poder realizar correctamente esta toma de lectura, los medidores de agua tienen que estar en lugares accesibles y en condiciones de ser verificados. En primer lugar para su adecuado funcionamiento y en segundo término para una correcta toma de lectura.
Además indicaron que en el caso de que no se cumpla con la reglamentación, las tareas de mantenimiento serán ejecutadas por el personal de la entidad, con costa a cargo del titular del servicio.
