La Justicia de Puerto Madryn homologó un acuerdo de juicio abreviado mediante el cual se declaró la responsabilidad penal de Ramón Alberto Heer Luque y Nahuel Ezequiel Pucheta por el delito de estafa, en una causa vinculada a la utilización de un cheque sin fondos por más de 16 millones de pesos para adquirir mercadería en un comercio local.
La sentencia fue dictada el 12 de febrero , luego de que las partes alcanzaran un acuerdo para resolver la situación procesal de los imputados.
Durante la audiencia, el fiscal general Alex Williams, junto con los defensores particulares Abdón Manyauik y Adrián Peroy, informaron al juez Horacio Yangüela que habían arribado a una propuesta de resolución a través del mecanismo de juicio abreviado.
El acuerdo contempló que los acusados reconocieran el hecho, su participación y autoría, lo que permitió avanzar con la declaración de responsabilidad penal sin necesidad de llevar adelante un juicio oral.
Una estafa por más de $16 millones
De acuerdo con la investigación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el 15 de mayo de 2025, cuando los imputados realizaron una maniobra fraudulenta para engañar al propietario del comercio “Madryn Clima”.
Según la acusación, los hombres simularon representar al Servicio Penitenciario Federal, lo que les permitió generar confianza en el comerciante para concretar una operación de compra.
En ese contexto adquirieron calderas y distintos materiales por un monto superior a $16.589.605, abonando la mercadería mediante la entrega de un cheque que posteriormente se comprobó que era falso.
La maniobra constituyó una puesta en escena destinada a obtener los productos sin efectuar el pago correspondiente, configurando así el delito de estafa.
Pena de prisión efectiva y reparación económica
Como parte del acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y las defensas, se estableció que ambos imputados cumplirán una pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo.
Además, el convenio incluyó una reparación económica para la víctima por el monto total del perjuicio ocasionado.
La restitución de los $16.589.605 se concretó mediante transferencias bancarias y la entrega de dinero que había sido secuestrado durante el proceso de investigación, lo que permitió compensar el daño económico sufrido por el comerciante.
Tras escuchar a las partes y constatar que los imputados reconocieron su responsabilidad en el hecho, el juez Horacio Yangüela resolvió declarar admisible el acuerdo y procedió a homologar el juicio abreviado.
De esta manera, la causa quedó formalmente resuelta con la condena de los acusados y la restitución económica para la víctima del fraude.
