Un fallo judicial resolvió absolver al policía Gabriel Alejandro Castillo, acusado de sustraer $100.000 de un vehículo en Gan Gan. La jueza Patricia Asaro consideró que el imputado realizó un «desistimiento voluntario», descartando el delito de hurto agravado debido a la devolución del dinero tras ser confrontado por los damnificados.
El 27 de mayo de 2022, José Arévalo estacionó su Ford Eco Sport frente al local “Rechene” e ingresó al establecimiento. Según los testimonios presentados, Castillo, aprovechando la ausencia del propietario, abrió la puerta del vehículo y sustrajo un fajo de billetes por $100.000 con una cinta del Banco Chubut que había dentro de la guantera. Este acto fue presenciado por Anahí Arévalo, hija de la víctima, y el dueño del local comercial, desde el interior del comercio.
Cuando José y Anahí confrontaron a Castillo en la comisaría donde este trabajaba, el policía inicialmente negó los hechos. Posteriormente, tras ser informado de que había sido observado, salió del lugar, retiró el dinero de su vehículo y lo devolvió.
El jefe de la comisaría de la localidad en ese momento, Fabián Moreno, al enterarse de la situación, citó al damnificado, tomó testimonios y efectuó la denuncia. La causa la llevó adelante la fiscal general Ivana Berazategui, quien formuló cargos por hurto agravado.
La resolución judicial
En el juicio realizado en los Tribunales de Puerto Madryn, la jueza Patricia Asaro argumentó en su fallo que la devolución del dinero implicaba la inexistencia del «dolo» necesario para consumar el delito de hurto agravado. “El dolo, necesario para dar completitud al ilícito, desaparece cuando Castillo entrega íntegramente el fajo de $100.000 y vuelve a manos de su legítimo propietario», señaló en su resolución.
El fallo concluye que la acción de Castillo fue un «desistimiento voluntario», lo que descartaría una afectación definitiva al patrimonio de la víctima. Así, la magistrada absolvió al imputado, señalando que su conducta no superó los requisitos legales para configurar el delito.
Para la Fiscalía, la devolución del dinero no habría sido un acto espontáneo ni motivado por decisión propia, sino resultado directo de la confrontación con las víctimas en la comisaría.
«El desistimiento voluntario implica que el sujeto abandona el ilícito por decisión propia antes de ser descubierto o advertido. Aquí, Castillo no devolvió el dinero hasta que se le reclamó explícitamente, lo que podría invalidar la hipótesis de un acto voluntario», señaló la fiscal del caso, Ivana Berazategui, quien había solicitado una condena por hurto agravado, al considerar que todos los elementos del delito estaban acreditados.