Desde la Municipalidad de Puerto Madryn recuerdan la ordenanza vigente por la cual se autoriza el paseo de canes por la rambla sólo en el horario de 20.00 a 8.00.
La Ordenanza Municipal Nº 4981 prohíbe expresamente la circulación de perros en la zona de playa comprendida entre el camping El Golfito y el Muelle Almirante Storni durante todo el año. De igual forma, se establece el horario de paseo de canes por el sector de rambla, comprendido entre las 20 y las 8 horas del día siguiente, exigiendo también el uso de collar o pretal, con correa.
Si bien se trabaja permanentemente para cumplimentar la Ordenanza vigente que establece la no presencia de perros en la playa, a partir del lanzamiento oficial de la temporada de verano, desde la Secretaría de Gobierno intensifican las acciones de prevención y concientización en dicho sector.
